POR: REDACCIÓN
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha respaldado la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), concluyendo que el gobernador electo de Puebla, Alejandro Armenta Mier, no cometió actos anticipados de campaña ni utilizó de manera indebida la imagen del presidente Andrés Manuel López Obrador.
En una sesión pública realizada este miércoles, los magistrados ratificaron tres resoluciones que habían sido impugnadas por el Partido Acción Nacional (PAN). En el juicio electoral SUP-JE-207/2024, el PAN había cuestionado el fallo del TEEP que determinó que Armenta, excandidato de una coalición que incluía a Morena y otros partidos, no había incurrido en el uso inapropiado de la imagen presidencial. La Sala Superior consideró infundados estos argumentos, indicando que el TEEP había sido exhaustivo en su análisis y que las afirmaciones del PAN eran demasiado generales.
Asimismo, en el caso SUP-JE-210/2024, se concluyó que Armenta no llevó a cabo campaña anticipada, ya que sus respuestas a preguntas de periodistas se limitaron a asuntos de interés público en su rol como senador. La Sala señaló que el PAN no logró identificar frases específicas donde Armenta hiciera llamados al voto.
Finalmente, en el juicio SUP-JE-223/2024, la impugnación del PAN respecto a la difusión del periódico “Desde la Trinchera” fue también desestimada. La Sala determinó que no había evidencia de que Armenta solicitara explícitamente el voto a favor de alguna candidatura o en contra de un partido político.
Este fallo refuerza la posición de Armenta en el contexto político de Puebla, donde las acusaciones de campañas anticipadas son un tema recurrente. La TEPJF reafirma su compromiso con el análisis objetivo de las denuncias electorales, contribuyendo así a la transparencia del proceso electoral en el país.